Quantcast
Channel: Capitalibre » Fiscalidad
Viewing all articles
Browse latest Browse all 26

Explicamos el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

$
0
0

Vivienda en el lago y texto con impuesto sobre transmisiones patrimoniales

Muchos ya conocemos el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) puesto que nos ha tocado pagarlo alguna que otra vez. Hoy vamos a explicarlo de forma breve para que podamos entender bien de qué se trata.

El ITP es un impuesto cuyo hecho imponible son las transmisiones patrimoniales onerosas (aquellas que se realizan con una contraprestación (compra-venta). Este hecho es importante puesto que no grava ni las donaciones ni las herencias (para eso ya está el impuesto sobre sucesiones y donaciones).

¿Algún ejemplo?

Muchos de nosotros ya hemos pagado este impuesto a la hora de comprar un vechículo, ¿verdad?, pero también se aplica a la compraventa de viviendas y, en general, de todo tipo de bienes muebles e inmuebles. Normalmente, la persona que abona el impuesto es el comprador.

¿Existe algún tipo de plazo?

Existe un plazo habitual que son treinta días hábiles (sin contar domingos ni festivos) desde el día siguiente al del otorgamiento del contrato o escritura.

¿Dónde tengo que pagarlo?

Este impuesto está cedido a las Comunidades Autónomas y está gestionado por ellas así que tendremos que abonarlo en la Delegación de Hacienda de la Comunidad Autónoma que nos corresponda.

¿Cuánto hay que pagar?

Dado que es un impuesto autonómico, el tipo de gravamen que nos van a imponer será distinto según la Comunidad Autónoma donde nos encontremos pero, en términos generales, el tipo se encuentra entre un 4% y un 7% para bienes inmuebles, entorno al 4% para bienes muebles y entorno al 1% para cesión de créditos, etc.

Siempre que tengamos dudas, podemos acudir a algún asesor o preguntar a los responsables de la Agencia Tributaria al respecto. En términos generales, hemos de pensar que casi todos los ingresos están gravados por algún impuesto y que, de forma habitual, si somos una persona física tributarán por el IRPF pero tal y como hemos visto hoy hay algunos que no así que no dudes nunca en consultarlo.

Si quieres comentar algo al respecto deja tu opinión justo debajo del artículo.

¿Y tú que piensas? Pásate por Explicamos el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) para dejar tu huella.

Puedes unirte a nosotros en Twitter, Facebook o en Google+

Publicado recientemente en Capitalibre


Viewing all articles
Browse latest Browse all 26

Latest Images

Trending Articles





Latest Images